AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S2ª Nº 27/2006

 

Expediente: Nº 05/06

 

Proceso: Anulabilidad de Título Ejecutorial

 

Demandante: David Frank Anderson Ziegler

 

Demandado: Director Nacional del INRA

 

Distrito: Beni

 

Fecha: Sucre, 12 de junio de 2006

 

Vocal Semanero: Luis Alberto Arratia Jiménez

VISTOS: La demanda de anulabilidad de Título Ejecutorial de fs. 20 - 22 interpuesta por David Frank Anderson Ziegler; y,

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de 12 de mayo de 2006, cursante a fs. 24 de obrados, se dispuso que el demandante con carácter previo a la consideración de la admisión de la demanda, aclare los términos de la misma rigiéndose al marco jurídico establecido por el art. 36 de la L. Nº 1715 y cumpliendo además con los requisitos establecidos por el art. 327 del Cód. Pdto. Civ., concediéndole al efecto el plazo de 15 días a partir de su notificación bajo apercibimiento de tenerla por no presentada.

Que, no obstante de su legal notificación el 16 de mayo de 2006, a la fecha no ha dado cumplimiento a lo observado, habiendo vencido el plazo para hacerlo conforme señala el precedente Informe de Secretaría de Cámara.

POR TANTO: En atención a lo expresado y en sujeción al art. 333 del Cód. Pdto. Civ. supletoriamente aplicable, TÉNGASE POR NO PRESENTADA la demanda de fs. 20-22 de obrados, disponiéndose el archivo de obrados.

Regístrese y notifíquese.

Fdo.

Vocal Sala Segunda Dr. Luis A. Arratia Jiménez

Presidente Sala Segunda Dr. Antonio J. Hassenteufel Salazar

Vocal Sala Segunda Dr. David O. Barrios Montaño