AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S2ª N° 26/2006

 

Expediente: Nº 105/2006

 

Proceso: Contencioso Administrativo

 

Demandante: Jorge Luis Mercado Haas

 

Demandado: Dirección Departamental del INRA-Pando representado por Lic.

 

Limber Rosell A.

 

Distrito: Beni

 

Fecha: 02 de junio de 2006

 

Vocal Semanero: Dr. David Barrios Montaño

VISTOS Y CONSIDERANDO: La demanda Contencioso Administrativa planteada por Jorge Luis Mercado Haas, solicitando se revoque la Resolución Administrativa RASS-PA Nº 053/2005 de 16 de diciembre de 2005.

Que si bien el conocimiento de dicho proceso corresponde a las Salas del Tribunal Agrario Nacional, conforme lo señala el Art. 36-3) de la L. Nº 1715; empero, es obligación de las partes dar cumplimiento a los términos fatales señalados para la interposición de dicho recurso.

Que de la revisión de la certificación de fs. 1, se evidencia que el actor Jorge Luis Mercado Haas, fue notificado con la Resolución Administrativa RASS-PA Nº 053/2005 de 16 de diciembre de 2005, en fecha 14 de marzo de 2006 y que el memorial de demanda, conforme consta en el cargo de presentación de fs. 121 vta., fue presentado a hs. 16.46 del 29 de mayo de 2006; es decir fuera del término establecido por el Art. 68 de la Ley 1715.

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideraciones, declara NO HABER LUGAR a la admisión de la demanda formulada por Jorge Luis Mercado Haas, al no haber sido interpuesta la demanda dentro del señalado plazo.

Regístrese y notifíquese.

Fdo.

Vocal Sala Segunda Dr. David O. Barrios Montaño

Presidente Sala Segunda Dr. Antonio J. Hassenteufel Salazar

Vocal Sala Segunda Dr. Luis A. Arratia Jiménez