AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S1ª Nº 12/06

 

Expediente: 51/06

 

Proceso: Contencioso Administrativo

 

Demandante: Celso Sánchez Bayón

 

Demandado: Director Nacional del INRA

 

Distrito: Tarija

 

Fecha: Sucre, 19 de abril de 2006

 

Vocal Semanero: Dr. Iván Gantier Lemoine

 

VISTOS: El recurso contencioso administrativo interpuesto por Celso Sánchez Bayón impugnado la RA-ST No 413/2005 de 5 de Diciembre de 2005.

CONSIDERANDO: Que presentada la demanda, mediante proveído de fs. 39 vta. se dispuso que al existir terceros interesados, el actor señale el domicilio de los mismos para ulteriores notificaciones. Que concediéndole un plazo de 15 días para su subsanación de acuerdo a lo informado por el Secretario de Cámara de la Sala se establece que el demandante fue notificado con la mencionada providencia en 28 de marzo de 2006 y también con el proveído de fs. 45 en fecha 7 de abril de 2006, no subsanándose las observaciones realizadas y sin que a la fecha aún se diera cumplimiento con lo requerido, habiendo vencido el plazo concedido al efecto.

POR TANTO: Sin entrar en mayores consideraciones y en sujeción a lo dispuesto por el art. 333 del Código Adjetivo Civil, téngase POR NO PRESENTADA la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Celso Sánchez Bayón impugnado la RA-ST No 413/2005 de 5 de Diciembre de 2005; y en consecuencia, procédase al archivo de obrados.

Regístrese y notifíquese.

Fdo.

Vocal Sala Primera Dr. Iván Gantier Lemoine

Presidente Sala Primera Dr. Hugo Salces Santistevan

Vocal Sala Primera Dr. Gonzalo Castellanos Trigo