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VIOLACIÓN DE LA LEY APLICABLE

Desestimada: legal notificación en saneamiento interno

Las notificaciones de las actuaciones del Saneamiento Interno, que incluye la Resolución Final de Saneamiento, como todos los actuados procesales, fueron notificados a los representantes y dirigentes del Sindicato demandante, así como a la Comisión de Saneamiento Interno, sin infringir norma agraria vigente (SAP-S2-0003-2021)


SAP-S2-0003-2021

" (...) AL PUNTO 3, SOBRE LA CAUSAL DE VIOLACIÓN DE LA LEY APLICABLE.- En relación a la denuncia que, el acto final del proceso de saneamiento, que es la emisión del Título Ejecutorial, se contrapone a las normas imperativas que prohíben su emisión, en razón de que se Tituló un predio comunal, a una persona ajena a la comunidad; se debe decir que, por los datos extraídos del Proceso de Saneamiento Interno ejecutado en los predios del "Sindicato René Barrientos", no se determina, que el acto final del proceso de saneamiento, que es la emisión del Título Ejecutorial impugnado, este contrapuesto a las normas agrarias vigentes; por consiguiente, del control de legalidad realizado en el proceso mismo, el cual se detalló en el punto 1 ampliamente de la presente resolución, se puede establecer irrefutablemente, que el INRA cumplió con norma agraria vigente, de conformidad al art. 351 del D.S. N° 29215 ... . Por último, sobre las notificaciones de las actuaciones del Saneamiento Interno, que incluye la Resolución Final de Saneamiento denunciadas por la parte actora, se tiene que establecer, que todos los actuados procesales, fueron notificados a los representantes y dirigentes del "Sindicato Rene Barrientos", así como a la Comisión de Saneamiento Interno."