AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO
S1ª Nº 001/06
Expediente: 040/05 | |
Proceso: Contencioso Administrativo | |
Demandante: Alfonso Díaz Méndez | |
Demandado: Director Nacional del INRA | |
Distrito: Santa Cruz | |
Fecha: Sucre, 6 de enero de 2006 | |
Vocal Semanero: Dr. Iván Gantier Lemoine | |
VISTOS: Los antecedentes del proceso Contencioso Administrativo planteado por Alfonso Díaz Méndez, impugnando la R. A. ST-0052/2005 de 18 de febrero de 2005 emitida por el anterior Director Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria Lic. Alcides Vadillo Pinto, informe del Secretario de Cámara que precede, y |
CONSIDERANDO: Que conforme se evidencia del informe de 4 de enero de 2006, suscrito por el Secretario de Cámara de Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, el demandante abandonó la acción por más de seis meses, dando lugar a la perención prevista por el art. 309-1) del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. N° 1715.
POR TANTO: En mérito a lo señalado anteriormente y sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, en cumplimiento de la referida disposición legal se declara la PERENCIÓN de la acción Contencioso Administrativa incoada, con costas.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.
Vocal Sala Primera Dr. Iván Gantier Lemoine
Presidente Sala Primera Dr. Hugo Salces Santistevan
Vocal Sala Primera Dr. Gonzalo Castellanos Trigo