DAÑOS Y PERJUICIOS
En una demanda de Pago de Daños y Perjuicios, para establecer el resarcimiento extracontractual, en virtud al art. 984 del Cód. Civ., corresponde al juzgador analizar las circunstancias que originaron la responsabilidad civil y no solo hechos.
AAP-S1-0073-2018;NATURALEZA JURIDICA
Cuando frente a una demanda defectuosa, en aplicación del Principio Procesal de Saneamiento, el juzgador anula el auto de admisión de demanda, cumple con la exigencia de un requisito previo para admitirla, por lo que no se vulnera el debido proceso ni el acceso a la justicia.
AAP-S1-0071-2018;