PRUEBA
Inspección Judicial
Por la naturaleza del proceso de servidumbre de paso, la inspección judicial se constituye en la prueba más lógica y eficaz, por sobre las demás pruebas producidas, a efectos de establecer el cumplimiento de los presupuestos para la viabilidad de la constitución y establecimiento de la servidumbre de paso por usucapión, pues la prueba de la inspección judicial elimina a todo intermediario y permite que el juzgador de manera directa in visu se interiorice de las peculiaridades de la cosa demandada.
"(...) dentro del contexto desglosado el a quo ha considerado la producción de la prueba ofrecida por las partes dentro del proceso, dando aplicación en este sentido al Art. 397 del Cód. Pdto. Civil, sin olvidar que por la naturaleza del presente proceso, la Inspección judicial se constituye en la prueba más lógica y eficaz, por sobre las demás pruebas producidas, a efectos de establecer el cumplimiento de los presupuestos para la viabilidad de la constitución y establecimiento de la servidumbre de paso por usucapión, pues la prueba de la inspección judicial elimina a todo intermediario y permite que el juzgador de manera directa in visu se interiorice de las peculiaridades de la cosa demandada y realice las observaciones necesarias a efectos de emitir un fallo justo e imparcial, a diferencia de la prueba testifical, por ejemplo, que puede contener muchas deficiencias por su propia naturaleza".