SAP-S1-0029-2023

Fecha de resolución: 11-08-2023
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CON AMPARO

Dentro del proceso contencioso administrativo interpuesto por Lucila Pitty Melgar contra el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y el Ministro de Desarrollo Rural y Tierras impugnando la Resolución Suprema N° 226190 de 18 de enero del 2006 y 24095 de 31 de agosto del 2018, dentro del Proceso de Saneamiento (CAT-SAN) de la propiedad denominada “Club de Campo Santa Rosa de la Mina”; el Tribunal advierte los siguientes problemas jurídicos:

1. Exposición y fundamentación de hechos que motivan la demanda de la información ambigua, tergiversada y fraudulenta de la Ficha Catastral; 2. Levantamiento irregular de 12 Fichas Catastrales Independientes para un solo predio; 3. Del registro erróneo de la actividad productiva destinada al “Ecoturismo”, del predio “Club de Campo Santa Rosa de la Mina”, en la etapa de pericias de campo; 4. Irregular valoración del cumplimiento de la FES del predio “Club de Campo Santa Rosa de las Minas”; 5. Posesión legal del predio “San Vicente”; 6.  Incompetencia de la Empresa Privada KAMPSAX S.A. en le Etapa de Evaluación Técnica Jurídica; 7. Omisión de acumulación de antecedentes de los predios en conflicto; 8. Trato diferenciado en la valoración de la legitimación de los beneficiarios; 9. Datos ambiguos y contradictorios de identificación de los procesos de saneamiento en la etapa de exposición pública de resultados; 10. Observaciones al Informe Complementario del Informe en Conclusiones  DD-S-SC-A5 N° 0250/2005 de 18 de mayo del 2005; 11. De la prueba documental presentada por la beneficiaria del predio “Club de Campo Santa Rosa de las Minas”; 12. Informe Legal DGIG N° 042/06 de 19 de enero del 2006; 13. Falta de notificación con el Informe Legal DD-S-SC-A5 N° 0250/2005 de 18 de abril del 2005 e Informe Legal DGIG N° 042/06 de 19 de enero del 2006; 14. Etapa de Resolución Definitiva emergente del proceso de saneamiento; 15. Errores e incongruencia en el armado de la carpeta y foliación.

CON AMPARO

CON AMPARO

La Sala Primera del Tribunal Agroambiental declara IMPROBADA la demanda contenciosa interpuesta por Lucila Pitty Melgar, manteniéndose firme y subsistente la Resolución Suprema N° 226190 de 18 de enero del 2006 y Resolución Suprema 24095 de 31 de agosto del 2018.; tal decisión es asumida conforme a los siguientes argumentos:


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