Línea Jurisprudencial

Retornar

Valoración integral de la prueba

En un proceso de Interdicto de Recobrar la Posesión si la negación de prueba pericial ofrecida, no es observada mediante los recursos que fija la ley se opera el principio de convalidación.


ANA-S2-0023-2013

"En relación a la supuesta vulneración de los arts. 1007 y 1084 del Cód. Civ., se concluye que, durante el proceso no se llegaron a discutir aspectos relacionados a las formas de adquirir la herencia, correspondiendo aclarar que si bien la sucesión de una persona se abre con su muerte real o presunta, conforme lo normado por el art. 1000 del Cód. Civ., los derechos emergentes de éste acontecimiento, pueden ser mutados por actos jurídicos posteriores, como ocurre en el caso, mediante la documental que cursa de fs. 8 a 12 de obrados que en lo pertinente permite acreditar que el predio fue dividido en cinco partes, cuya posesión continuada fue acreditada mediante la apreciación integra de la prueba como la testifical y la inspección judicial producida y realizada en el transcurso del proceso cuyas actas cursan en antecedentes no existiendo por lo mismo vulneración de los citados artículos, en sentido de que, en el interdicto sustanciado ante el juzgado de Quillacollo, se recabaron los elementos que permitieron concluir que quien se encontraba en posesión de la superficie objeto de la litis era el demandante y quienes ejercieron actos de despojo fueron los demandados quienes actuaron en igualdad de condiciones y si bien se les negó la prueba pericial ofrecida, dicha negativa no fue observada mediante los recursos que fija la ley operándose el principio de convalidación".