NATURALEZA JURIDICA
El objeto del proceso de Interdicto de Retener la Posesión, tiene por finalidad y alcance tutelar la posesión en materia agraria y no así respecto del derecho propietario que le pueda asistir al demandado recurrentes cuya controversia y definición está reservada para acciones que tutelan el derecho de propiedad.
"(...) el recurrente al afirmar que la juez a quo no efectuó una verdadera valoración de la prueba aportada de su parte, se limita simplemente a expresar dicho aspecto, sin identificar que medios probatorios no hubiesen sido valorados, si éstos son pertinentes e idóneos para la resolución de la causa o se incurrió en error de hecho o de derecho en la valoración probatoria, tomando en cuenta la finalidad del Interdicto de Retener la Posesión que es una de las acciones que prevé la ley para la defensa de la posesión (...)"-