Línea Jurisprudencial

Retornar

PRUEBA / VALORACIÓN INTEGRAL DE LA PRUEBA

Prueba confesoria

En casación no se puede hacer un reexamen de la prueba, más aún cuando se aplica la máxima jurídica que versa "a confesión de parte relevamiento de prueba"(ANA-S2-0069-2014)


ANA-S2-0069-2014

"En cuanto al parágrafo I.- Que los actores no hubieran acreditado su posesión del predio en litigio.- No se puede argüir este hecho toda vez que en la audiencia de inspección judicial, que en esta materia resulta siendo la reina de las pruebas, cursante a fs. 75 en las líneas 14, 15 y 16 el patrocinante legal de los recurrentes expresó a viva voz "...por su parte el abogado de la parte demandada, indicó que anteriormente el terreno en litis se encontraba con arbustos que eran indicios de que el terreno el litis se encontraba baldío, pero los demandantes habrían hecho arar la fracción en litis con el fin de demostrar que están en posesión... ", sic. en cuyo caso una máxima jurídica versa "a confesión de parte relevamiento de prueba", consecuentemente la A quo apreció los hechos de acuerdo a su prudente criterio conforme lo manda el art. 397 del ritual civil de lo cual no se puede hacer un reexamen."