AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S 1ª Nº 24/2011

Expediente: Nº 2938-DCA-2010

Proceso: Contencioso Administrativo

Demandante (s): Hilaria flores de Ibarra y Otros

Demandado (s): Director Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria,

Juan Carlos Rojas Calizaza y Otro

Distrito: Santa Cruz

Fecha: 13 de mayo de 2011

Vocal Semanero: Dr. Iván Gantier Lemoine

VISTOS: El memorial de desistimiento de fs. 164 interpuesto por Fátima Balderas de Prudencio, en representación legal de Hilaria Flores de Ibarra, Bernardo, Ronald y Máximo Ibarra Flores, ejercida mediante Testimonio Nº 53/2011 cursante a fs. 163 de obrados, el informe que antecede, y,

CONSIDERANDO: Que dentro de la demanda Contencioso Administrativa, interpuesta por Hilaria Flores de Ibarra, Bernardo, Ronald y Máximo Ibarra Flores contra Juan Carlos Rojas Calizaya Director Nacional del INRA y Howar Arroyo Camacho Representante del Proyecto BID 1512, impugnando la Resolución Administrativa RES-ADM Nº 1194/2009 de 12 de noviembre de 2009, mediante memoriales de fs. 164 y 169 respectivamente, amparados en los arts. 303, 304 del Cód. Pdto. Civ., aplicable en la materia por el régimen de supletoriedad establecido en el art. 78 de la L. Nº 1715, los actores retiran la demanda con relación al codemandado Howar Arroyo Camacho y desisten de la acción, respecto al codemandado Juan Carlos Rojas Calizaya, pidiendo se emita resolución expresa de conclusión del proceso.

Que en mérito al art. 304 -II) del Cód. Pdto Civ. y toda vez que Juan Carlos Rojas Calisaya Director Nacional del INRA, dió respuesta a la demanda conforme consta de fs. 159 a 161 vta., se corrió en traslado con el desistimiento planteado, sin que hasta la fecha haya dado respuesta al mismo pese a su legal notificación el día 12 de abril de 2011, conforme consta de la diligencia cursante a fs. 167 y del informe elaborado por el Sr. Secretario de Cámara de Sala Primera que antecede.

POR TANTO: En sujeción a lo establecido por el art. 304-II del Cód. Pdto Civ. se tiene por conforme el desistimiento formulado por los actores en relación al codemandado Juan Carlos Rojas Calisaya Director Nacional del INRA. En cuanto al codemandado Howar Arroyo Camacho Representante del Proyecto BID 1512 por retirada la demanda en aplicación del art. 303 del Cód. Pdto. Civ., quedando concluido el proceso en forma extraordinaria, disponiéndose el archivo de obrados, sin costas.

Asimismo, devuélvase al INRA los antecedentes del proceso de saneamiento.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo.

Vocal Sala Primera Dr. Luis. A. Arratia Jiménez

Vocal sala Primera Dr. Iván Gantier Lemoine