Mejor derecho propietario

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PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

MEJOR DERECHO PROPIETARIO 

En la tramitación de un proceso, si existen personas que como resultado de la demanda pudieran ser identificadas, se las hará conocer en calidad de terceros,  a fin de resguardar el debido proceso y especialmente el derecho a la defensa. 

AAP-S2-0068-2018;
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PRECEDENTE 2

NO VALORACION 

El error de derecho ocurre cuando se ha otorgado a una prueba una eficacia probatoria diferente a la establecida por ley, en cambio, el error de hecho es la equivocación en la materialidad de la prueba; por su inexistencia el recurso es infundado. 

AAP-S1-0067-2019;
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PRECEDENTE 3

NATURALEZA JURÍDICA 

En una demanda de "mejor derecho propietario" que se dice tener sobre un bien inmueble, respecto de otro que persona distinta alega tener sobre el mismo bien, el derecho de propiedad se resguarda en favor de quien primero haya inscrito su derecho en los registros públicos fijados por ley, por ser ese el elemento que lo hace oponible frente a terceros. 

AAP-S1-0053-2018;
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PRECEDENTE 4

NATURALEZA JURÍDICA 

En una demanda, la pretensión conjunta de "declaratoria de mejor derecho" y "reivindicación del bien inmueble", no resulta antitética, contradictoria, inconexa o incompatible, ya que la declaración del mejor derecho propietario es respecto al mismo bien sobre el cual se pretende la reivindicación. 

AAP-S1-0051-2018;
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PRECEDENTE 5

NATURALEZA JURÍDICA 

En una demanda de mejor derecho propietario agrario, la interpretación extensiva desde la jurisprudencia constitucional  orienta a establecer el mejor derecho propietario sobre dos derechos contrastados, aun en casos de dos o más propietarios de un inmueble con distintos vendedores y antecedentes dominiales  (la tesis restringida indica que los derechos en disputa deben necesariamente tener un mismo antecedente dominial). 

AAP-S1-0060-2018;
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PRECEDENTE 6

Mejor Derecho Propietario

La demanda de Mejor Derecho Propietario no es la vía idónea para reclamar el derecho propietario de un fundo que no fue previamente titulado conforme normativa legal vigente, lo contrario significaría que a través de esta acción se pretendería anular un Título Ejecutorial otorgado conforme a derecho dentro el proceso de saneamiento de tierras, aspecto que no condice de ninguna manera con las atribuciones del Juez Agroambiental, al respecto conviene traer a colación lo previsto en el art. 152-1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, que dispone a efectos de la apertura de competencia de los Jueces Agroambientales, el predio debe ser previamente saneado.

AAP-S1-0098-2021;
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