Valoración integral de la prueba
Un proceso voluntario de Deslinde y Amojonamiento, tramitado ya con la identificación de la parte demandada, debe demostrarse el derecho propietario con los datos exactos, en cuanto a su superficie, colindancias y otros aspectos que permitan identificar los mojones, y no como el caso de autos, donde se verifican a varios propietarios, con Títulos Ejecutoriales, como también áreas colectivas, que no permiten lograr el fin de la demanda interpuesta.
"(...) se tiene que establecer que la materia agroambiental es eminentemente social, derivando bajo este principio, a que los actos de los juzgadores agrarios estén sometidos siempre a la preservación de la paz social en las poblaciones rurales donde se presenten conflictos, proponiendo conciliaciones durante toda la tramitación de la causa, para llegar a un arreglo en el cual todos estén conformes; en ese cometido, dada la compulsa de todos los antecedentes propuestos en estudio a este Tribunal de cierre, se tiene que establecer que, el Juez A quo actuó de manera correcta en la aplicación de la norma agraria, constitucional y civil; máxime, si se verifica que la prueba fue valorada de manera integral en base a la sana crítica, y que sobre el señalamiento de la parte actora, la cual indicas que se presentó abundante prueba, a efectos de probar lo denunciado; se tiene que decir, que los recurrentes no describen de manera específica, qué prueba o pruebas no fueron tomadas en cuenta por el Juez de instancia las que no fueron valoradas; como tampoco mencionan, en qué medida aquella valoración cuestionada tuvo incidencia en la resolución final". "(...) se tiene que tener presente, que un proceso voluntario de Deslinde y Amojonamiento, tramitado ya con la identificación de la parte demandada, debe demostrarse el derecho propietario con los datos exactos, en cuanto a su superficie, colindancias y otros aspectos que permitan identificar los mojones, y no como el caso de autos, donde se verifican a varios propietarios, con Títulos Ejecutoriales, como también áreas colectivas, que no permiten lograr el fin de la demanda interpuesta".