REVISIÓN DE ANTECEDENTES DE PROCESO DE SANEAMIENTO
El Juez Agroambiental no es la autoridad competente para observar la legalidad o ilegalidad del proceso de saneamiento, menos aún le corresponde, dentro del proceso de Mensura y Deslinde, solicitar ante el INRA los antecedentes del proceso de saneamiento, a fin de verificar lo manifestado por los demandados sobre la conformidad de linderos, toda vez que, la finalidad del proceso de Mensura y Deslinde es la medición del predio a efectos de ratificar y determinar el límite de una propiedad a través de datos geográficos consistentes en la mensura y el amojonamiento, no siendo su finalidad u objeto, determinar y otorgar el derecho propietario y menos cuestionar o resolver la validez de los mismos, de lo contrario se tergiversaría la naturaleza y finalidad del proceso.