AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO SL2ª Nº 18/2012
Expediente: Nº 3287/2011
Proceso: Contencioso Administrativo | |
Demandantes: Cesilio Lucas Lizete | |
Demandado: Director Nacional del INRA | |
Distrito: Oruro | |
Fecha: 15 de mayo de 2012 | |
Magistrada Semanera: Dra. RommyColque Ballesteros |
VISTOS: Los antecedentes del proceso, informe que antecede; y,
CONSIDERANDO: Que, del informe de Secretaría de Cámara de Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental cursante a fs. 24 de obrados, se establece que el plazo para la subsanación de demanda que cursa a fs. 17, ha sido superado abundantemente, por lo que corresponde aplicar la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ.
Que, la no subsanación de la observación realizada en el plazo otorgado al efecto, faculta a este Tribunal para considerar dicha demanda como no presentada, correspondiendo en consecuencia emitir pronunciamiento en ese sentido.
POR TANTO: La Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, declara POR NO PRESENTADA la demanda Contenciosa Administrativa de fs. 14 a 15 de obrados incoada por Cesilio Lucas Lizete.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo.
Magistrado Sala Liquidadora Segunda Dr. Javier Aramayo Caballero
Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dra. Rommy Colque Ballesteros
Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dra. Miriam Gloria Pacheco Herrera