AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO SL2ª Nº 0010/2012
Expediente: Nº 3303/2011
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandantes: Sonia Suarez de Rojas
Demandado: Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia Sr.
Juan Evo Morales Ayma y Ministra de Desarrollo Rural y Tierras Sra. Nemesia
Achacollo Tola
Distrito: Santa Cruz
Fecha: 25 de abril de 2012
Magistrada Semanera: Dra. Rommy Colque Ballesteros
VISTOS: Los antecedentes del proceso, informe que antecede; y,
CONSIDERANDO: Que, del informe de Secretaría de Cámara de Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental cursante a fs. 94 de obrados, se establece que el plazo para la subsanación de demanda que cursa a fs. 92, ha sido superado abundantemente, por lo que corresponde aplicar la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ.
Que, la no subsanación de la observación realizada en el plazo otorgado al efecto, faculta a este Tribunal para considerar dicha demanda como no presentada, correspondiendo en consecuencia emitir pronunciamiento en ese sentido.
POR TANTO: La Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, declara POR NO PRESENTADA la demanda Contenciosa Administrativa de fs. 84 a 87 de obrados incoada por Sonia Suarez de Rojas.
No interviene en la suscripción la Magistrada Katia López A. por tener un criterio diferente.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo.
Magistrada Liquidadora Sala Segunda Dra. Rommy Colque Ballesteros.
Magistrado Liquidador Sala Segunda Dr. Javier Aramayo Caballero