NO VALORACIÓN
El juzgador debe individualizar la prueba admitiéndola o rechazándola, para que la individualizada pueda ser producida y valorada en sentencia; la no individualización de la prueba que se admite, conculca el debido proceso y derecho a la defensa.
ANA-S1-0029-2017;NO VALORACIÓN
Cuando una prueba, previamente identificada, no acredita los hechos en controversia o que éstos no son idóneos, no se realiza una correcta valoración de la prueba, vulnerándose el debido proceso y derecho de defensa.
AAP-S2-0036-2018;PRUEBA / NO VALORACIÓN
Cuando en la tramitación de una acción reinvindicatoria, el juzgador no efectúa una adecuada valoración de la prueba producida, se vulnera el derecho de propiedad, así como la garantía constitucional de acceso a la propiedad agraria (AAP-S1-0071-2019)
ANA-S1-0003-2015; AAP-S1-0071-2019; AAP-S2-0011-2021; AAP-S2-0062-2021; AAP-S2-0061-2021; AAP-S2-0102-2022;NO VALORACIÓN
Amerita nulidad de obrados
En una acción reivindicatoria, el juzgador debe valorar todos y cada uno de los medios probatorios producidos, tal el Título Ejecutorial post-saneamiento, registrado en Derechos Reales, que acredita el reconocimiento y consolidación del derecho propietario y que tiene carácter prevalente en la jurisdicción agroambiental. De no realizarse esa valoración y a ese fin, se anula el proceso, en resguardo al debido proceso. (AAP-S1-0059-2018)
ANA-S1-0015-2011; AAP-S1-0059-2018;NO VALORACIÓN
Prueba testifical no producida
La no recepción de prueba testifical de cargo, no es imputable a actos o actuaciones provenientes del titular del órgano jurisdiccional que implique impedimento en la producción de la prueba, más al contrario, la parte actora tiene exclusiva responsabilidad de hacer comparecer a sus testigos a la audiencia (ANA-S1-0040-2012)
ANA-S1-0040-2012;NO VALORACIÓN
Inspección judicial
Al declararse probada la demanda, no se ha valorado la inspección judicial, que es una prueba que demuestra la posesión del demandado sobre el terreno, en el cual realiza actividad agrícola, no siendo esa una posesión ilegal (ANA-S2-0018-2012)