AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ªL Nº 007/2012
Expediente: Nº 3294-DCA-2011
Proceso: Contencioso Administrativo
Demandantes: Viceministerio de Tierras representado por Edgar Hugo
Valeriano
Demandado: Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Ministra de
Desarrollo Rural y Tierras
Distrito: Santa Cruz
Fecha: 29 de marzo de 2012
Magistrado Semanero: Dr. Javier Aramayo Caballero
VISTOS: Los antecedentes del proceso, informe que antecede; y,
CONSIDERANDO: Que, del informe de Secretaría de Cámara de Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental cursante a fs. 24 de obrados, se establece que a la fecha, desde la notificación con el decreto de observación de 6 de marzo de 2012, no se presentó memorial de subsanación dentro del término establecido para el efecto, habiéndose vencido el plazo; en tal virtud, corresponde aplicar la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ.
Que, la no subsanación de la observación realizada en el plazo otorgado al efecto, faculta a este Tribunal para considerar dicha demanda como no presentada, correspondiendo en consecuencia emitir pronunciamiento en ese sentido.
POR TANTO: La Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, declara POR NO PRESENTADA la demanda Contenciosa Administrativa de fs. 11 a 18 de obrados incoada por Edgar Hugo Valeriano Apaza en su calidad de Viceministro de Tierras del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo.
Magistrada Liquidadora Sala Segunda Dra. Rommy Colque Ballesteros
Magistrado Liquidador Sala Segunda Dr. Javier Aramayo Caballero
Magistrado Liquidador Sala Segunda Dra. Miriam Gloria Pacheco Herrera