INCUMPLIMIENTO
Mejoras identificadas en predio colindante ya titulado.
No corresponde la consideración de mejoras identificadas en otro predio colindante ya titulado en favor del mismo demandante.(SAN-S1-0004-2013)
“Respecto a la inadecuada valoración del cumplimiento de la Función Económica Social en el predio denominado Florita II, se tiene que de la descripción de las pruebas que precedemente se señalan, se identifica que el demandante no demostró que exista en el referido predio prueba que haga concluir el cumplimiento de la FES, así tenemos que la marca de ganado registrada consignaría como nombre del predio a una propiedad denominada FLORITA, misma que a la fecha ya se encuentra titulada a favor del actual demandante y que colinda con el predio objeto del saneamiento que actualmente se observa."
"Así también se tiene que con relación a las mejoras identificas en el predio Florita II, mismas que se encontrarían en el área del vértice que fue suprimido por encontrarse sobrepuesto a una propiedad titulada (FLORITA) , no corresponde su consideración, dado que se encontrarían en otra propiedad, lo cual fue determinado en el Informe Técnico DGS-USB N° 250/2011 de 26 de mayo de 2011, emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria, mismo que no tiene prueba en contrario que contradiga su alcance."