AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO SL2ª Nº 02/2012
Expediente: Nº 3255-2011
Proceso: ContenciosoAdministrativo | |
Demandantes: Laida Lino Charupa por si y representante de Nicole Rodríguez Lino, Neory Rodríguez Lino y Albania Rodríguez de Almeida Lino | |
Demandado: Director Nacional del INRA y otra | |
Distrito: Beni | |
Fecha: 29 de febrero de 2012 | |
Magistrada Semanera: Dra. Miriam Gloria Pacheco Herrera |
VISTOS: Los antecedentes del proceso, informe que antecede; y,
CONSIDERANDO: Que, del informe de Secretaría de Cámara de Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental cursante a fs. 33 de obrados, se establece que memorial de subsanación que cursa a fs. 35 y vta. ha sido presentado fuera del plazo ampliatorio concedió en el Auto de 23 de noviembre de 2011; en tal virtud, corresponde aplicar la parte infine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ.
Que, la no subsanación de la observación realizada en el plazo otorgado al efecto, faculta a este Tribunal para considerar dicha demanda como no presentada, correspondiendo en consecuencia emitir pronunciamiento en ese sentido.
POR TANTO: La Sala Segunda Liquidadora del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, declara POR NO PRESENTADA la demanda Contenciosa Administrativa de fs. 19 a 21de obrados incoada por Laida Lino Charupa por si y representante de Nicole Rodríguez Lino y Neory Rodríguez Lino y Albania Rodríguez de Almeida Lino.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo.
Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dra. Miriam Gloria Pacheco Herrara Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dr. Javier Aramayo Caballero
Magistrada Sala Liquidadora Segunda Dra. Rommy Colque Ballesteros