PRUEBA / VALORACIÓN INTEGRAL DE LA PRUEBA
Corresponde al actor demostrar los pruesupuestos de la acción reinvindicatoria: propiedad, posesión y haber perdido la posesión; cuando incumple el juez no la acoge, realizando una correcta valoración de la prueba producida y demostrada.
ANA-S2-0006-2014; ANA-S1-0039-2015; ANA-S2-0034-2015; ANA-S1-0045-2015; ANA-S1-0066-2015; ANA-S2-0032-2016; AAP-S2-0017-2018; AAP-S1-0022-2022;VALORACIÓN INTEGRAL DE LA PRUEBA
Inspección judicial
En la acción reinvindicatoria la posesión es una de las condiciones ineludibles para su viabilidad; además en materia agraria, la prueba de inspección ocular es una de las pruebas principales, sin perjuicio de la valoración integral, pues de ninguna manera se realiza una valoración prueba en forma individual.
ANA-S1-0028-2011; ANA-S1-0018-2013; AAP-S2-0019-2018;VALORACIÓN INTEGRAL DE LA PRUEBA
Cuando en la tramitación de un recurso de casación, se reconoce que el juzgador de la causa que conoce una acción reivindicatoria, en Sentencia valoró en forma integral todos los elementos probatorios que le toco analizar, no hay una incorrecta valoración de prueba, menos se incurre en error de hecho y derecho, ni se vulnera el debido proceso ni el derecho a la defensa.
AAP-S1-0079-2019;VALORACIÓN INTEGRAL DE LA PRUEBA
En cuanto a la valoración errónea de la prueba, se debe considerar el error de derecho o error de hecho en su apreciación; en el último caso (error de hecho) para probarlo en su valoración resulta imprescindible la existencia de actos auténticos o documentos que conduzcan a demostrar la manifiesta equivocación del juez de la causa, de no ser así la valoración de la prueba resulta incensurable en casación.
AAP-S1-0017-2019;