Línea Jurisprudencial

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PRUEBA

Si se fijó como objeto de la prueba fecha de inicio y conclusión del despojo, el actor debe probar el despojo en esos términos.

En el proceso oral agrario, la sentencia debe circunscribirse a valorar y analizar si los puntos de hecho a probar  fueron debidamente acreditados por las partes en los términos en los que se encontraban redactados, así en una Acción Reivindicatoria si se fijó fecha de inicio y conclusión del despojo sufrido para la parte actora, si no se demostró ello, no existe errónea valoración de la prueba y no corresponde declarar probada la misma. (ANA-S2-0015-2015)


ANA-S2-0015-2015

"En este contexto, cabe remarcar que a fs. 141 y vta., el Juez Agroambiental de Ivirgarzama, fija los puntos de hecho a probar, entre estos: "Que Javier Flores Espinoza se encontraba en posesión desde 1990 hasta el 8 de marzo de 2005 cumpliendo la función social (...) " y "Que fue despojado de su propiedad de todo el terreno el 8 de marzo de 2005 (...)" (Las negrillas nos corresponden), hechos que no fueron debidamente acreditados en el transcurso del proceso, no existiendo elementos probatorios que acrediten éstos extremos en los términos que fueron fijados por la autoridad jurisdiccional , en tal razón, la sentencia se circunscribe a valorar y analizar si los puntos de hecho a probar fueron debidamente acreditados por la parte actora, arribando a un conclusión negativa, por no existir prueba que permita demostrar que "Que Javier Flores Espinoza se encontraba en posesión desde 1990 hasta el 8 de marzo de 2005 cumpliendo la función social (...)", debiendo entenderse que, en los términos en los que se encontraban redactados los puntos de hecho a probar, se fijó una fecha de inicio (1990) y una de conclusión (8 de marzo de 2005) y al no existir elementos probatorios que acrediten estos extremos, el juez de la causa no incurre en error en la valoración de las pruebas , habiéndolas valorado conforme a lo que las partes se encontraban obligadas a demostrar."