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PROCEDENCIA DE DEMANDA REIVINDICATORIA

Para la procedencia de una demanda reivindicatoria, no basta demostrar el derecho propietario, sino que el titular del fundo, necesariamente debe acreditar que estuvo en posesión real y efectiva del bien inmueble cumpliendo la función social o económica social que pretende reivindicar y que la perdió por desposesión del demandado.