Línea Jurisprudencial

Retornar

PRESUPUESTOS DE PROCEDENCIA 

Corresponde al actor demostrar los pruesupuestos de la acción reinvindicatoria: propiedad, posesión y haber perdido la posesión; cuando incumple el juez no la acoge, realizando una correcta valoración de la prueba producida y demostrada. 


AAP-S2-0017-2018

"En esa línea corresponde aclarar que en el caso de autos, la demanda versa sobre la reivindicación donde ... la prueba está supeditada a demostrar los tres requisitos o presupuestos para que se dé dicha figura jurídica, como ser: a) El demostrar la calidad de propietario; b) El haber estado en posesión real y efectiva en el predio y c) Haber perdido la posesión con o sin violencia. La importancia de la preexistencia de tales presupuestos se manifiesta en el hecho de garantizar el ejercicio del derecho de propiedad agraria de aquella persona que con titulo idóneo, estando ejerciendo la posesión legal y cumpliendo la función social o económico social, hasta antes de ser desposeído en forma ilegitima o arbitraria, se le restituya del mismo siempre y cuando demuestre la concurrencia de dichos presupuestos, es en este contexto, que al no haber cumplido con la carga de la prueba que le corresponde al actor, en la sustanciación del proceso, este Tribunal concluye que, en base a la prueba que el propietario del predio ofreció, reconociendo que no se encontraba en posesión del terreno, habiéndolo dejado varios años por cuestiones de salud, tal cual indica en su demanda, no cumple con todos los presupuestos para que el Juez otorgue la reivindicación.

Por las razones expuestas la acción reivindicatoria demandada por el ahora recurrente no pudo ser acogida por el Juez que conoció la causa, deviniendo por lo tnto en infundado el recurso de casación en el fondo; consiguientemente, se concluye que el a quo, al declarar improbada la demanda de reivindicación, lo hizo en base a la correcta valoración de la prueba pertinente producida y demostrada por ambas partes."