AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº
016/2023
Expediente
N°: 2202-NTE-2016
Proceso:
Nulidad de Título Ejecutorial
Demandante: Hilario Bayón Ichazo y Nestor Gabino Ichazo
Demandado: Jorge Bayón Ichazo, Nimia Bayon Ichazo de
Aguirre, Eldy Bayón Ichazo, Nora Bayón Ichazo, Marbel Bayón Ichazo y Beimar
Bautista Bayón Ichazo
Distrito: Tarija
Predio:
“Pozo Cercado"
Lugar
y fecha: Sucre, 12 mayo de 2023
Magistrado
Semanero: Dr. Gregorio Aro Rasguido
VISTOS:
La Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril; la
Resolución Constitucional N° 59/2020 de 16 de julio; la Sentencia Agroambiental
Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre; la Sentencia Constitucional
Plurinacional 0189/2021-S4 de 2 de junio; los antecedentes del proceso; y,
Que, la Sentencia Agroambiental
Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril, cursante de fs. 192 a 198 vta. de
obrados, declaró improbada la Demanda Nulidad de Título Ejecutorial instaurada
por Cristhel Mireyba Palma Verduguez en representación de Hilario Bayón Ichazo
y Nestor Gabino Ichazo, manteniendo subsistente, con todo el valor legal el
Título Ejecutorial N° PPD-NAL-482442 de 25 de agosto de 2015.
Que, la Resolución Constitucional N°
59/2020 de 16 de julio, cursante de fs. 227 a 234 vta. de obrados, pronunciada
por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
Chuquisaca, concedió la tutela a Skarlyn Mariely Palma Verduguez en
representación de Hilario Bayón Ichazo y Nestor Gabino Ichazo, mediante Acción
de Amparo Constitucional, ordenando la anulación de la Sentencia Agroambiental
Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril.
Que, la Sentencia Agroambiental
Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre, cursante de fs. 249 a 258 de
obrados, fue emitida en cumplimiento a la Resolución Constitucional N° 59/2020
de 16 de julio, cursante de fs. 227 a 234 vta. de obrados, pronunciada por la
Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
Chuquisaca, declarando probada la demanda incoada por Cristhel Mireyba Palma
Verduguez en representación de Hilario Bayón Ichazo y Nestor Gabino Ichazo,
anulando el Título Ejecutorial N° PPD-NAL 482442 de 25 de agosto de 2015.
Que, la Sentencia Constitucional
Plurinacional 0189/2021-S4 de 2 de junio de 2021, cursante de fs. 373 a 398 de
obrados, resuelve Revocar la Resolución
Constitucional N° 59/2020 de 16 de julio, denegando la tutela concedida a
favor de Skarlyn Mariely Palma Verduguez en representación de Hilario Bayón
Ichazo y Nestor Gabino Ichazo.
Que, teniendo presente los actuados
procesales señalados precedentemente y en virtud al art 115.II de la CPE, que
establece el derecho al debido proceso como una garantía jurisdiccional, los
arts. 178.I y 180.I de la Norma Suprema, que determinan como principios
constitucionales la seguridad jurídica y el principio de legalidad; éste
Tribunal Agroambiental, en resguardo de dicho derecho y principios constitucionales
y en particular cumpliendo lo dispuesto por el art. 203 de la CPE que
establece: "Las decisiones y
sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante
y de cumplimiento obligatorio y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior";
al evidenciar que la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18
de abril, fue dejada sin efecto por la Resolución Constitucional N 59/2020 de
16 de julio, dictada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal
Departamental de Chuquisaca; y siendo que éste Tribunal Agroambiental, en
cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Constitucional de 04 de enero de
2019 y a lo dispuesto por el art. 129.V de la CPE, emitió una nueva Sentencia
Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre, corresponde como
efecto de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0189/2021-S4 de 2 de junio
de 2021, dejar sin efecto la misma.
Por consiguiente, con base en los
fundamentados esgrimidos en los párrafos precedentes, dando cumplimiento a la
Sentencia Constitucional Plurinacional 0189/2021-S4 de 2 de junio de 2021 y a
fin de no proseguir con actos procesales que debido a resoluciones
constitucionales son nulos, corresponde dejar sin efecto la Sentencia
Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre y mantener
vigente con plena validez legal la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº
27/2019 de 18 de abril de 2019.
POR TANTO
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad con el art. 36.5 de la Ley N° 1715, modificada parcialmente por la Ley N° 3545 y en virtud del art. 203 de la CPE, falla:
1.-
DEJAR SIN EFECTO la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de
20 de noviembre de 2020 y posteriores actuados producidos por la referida
sentencia.
2.-
Se MANTIENE VIGENTE Y CON PLENA VALIDEZ
LEGAL la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de
abril de 2019 cursante de fs. 192 a 198 de obrados.
PROVIDENCIA
A LA NOTA CITE CURSANTE A FS. 403 DE OBRADOS.
En atención al Cite N° 92/2023
UDNYGJ-TA de 04 de mayo de 2023 cursante a fs. 403 de obrados; arrímese a sus
antecedentes la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0189/2021-S4 de 02 de
junio, que REVOCA la Resolución Constitucional N° 59/2020 de 16 de julio,
pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de
Justicia de Chuquisaca, que sea con noticia de partes.
Regístrese,
notifíquese y archívese.-
Fdo.
GREGORIO
ARO RASGUIDO MAGISTRADO
SALA PRIMERA
RUFO
NIVARDO VASQUEZ MERCADO MAGISTRADO
SALA PRIMERA