AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 016/2023

Expediente N°: 2202-NTE-2016

Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial

Demandante:  Hilario Bayón Ichazo y Nestor Gabino Ichazo

Demandado:  Jorge Bayón Ichazo, Nimia Bayon Ichazo de Aguirre, Eldy Bayón Ichazo, Nora Bayón Ichazo, Marbel Bayón Ichazo y Beimar Bautista Bayón Ichazo  

Distrito:  Tarija

Predio: “Pozo Cercado"

Lugar y fecha: Sucre, 12 mayo de 2023

Magistrado Semanero: Dr. Gregorio Aro Rasguido                             

VISTOS: La Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril; la Resolución Constitucional N° 59/2020 de 16 de julio; la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre; la Sentencia Constitucional Plurinacional 0189/2021-S4 de 2 de junio; los antecedentes del proceso; y,

Que, la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril, cursante de fs. 192 a 198 vta. de obrados, declaró improbada la Demanda Nulidad de Título Ejecutorial instaurada por Cristhel Mireyba Palma Verduguez en representación de Hilario Bayón Ichazo y Nestor Gabino Ichazo, manteniendo subsistente, con todo el valor legal el Título Ejecutorial N° PPD-NAL-482442 de 25 de agosto de 2015.

Que, la Resolución Constitucional N° 59/2020 de 16 de julio, cursante de fs. 227 a 234 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, concedió la tutela a Skarlyn Mariely Palma Verduguez en representación de Hilario Bayón Ichazo y Nestor Gabino Ichazo, mediante Acción de Amparo Constitucional, ordenando la anulación de la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril.

Que, la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre, cursante de fs. 249 a 258 de obrados, fue emitida en cumplimiento a la Resolución Constitucional N° 59/2020 de 16 de julio, cursante de fs. 227 a 234 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declarando probada la demanda incoada por Cristhel Mireyba Palma Verduguez en representación de Hilario Bayón Ichazo y Nestor Gabino Ichazo, anulando el Título Ejecutorial N° PPD-NAL 482442 de 25 de agosto de 2015.

Que, la Sentencia Constitucional Plurinacional 0189/2021-S4 de 2 de junio de 2021, cursante de fs. 373 a 398 de obrados, resuelve Revocar la Resolución Constitucional N° 59/2020 de 16 de julio, denegando la tutela concedida a favor de Skarlyn Mariely Palma Verduguez en representación de Hilario Bayón Ichazo y Nestor Gabino Ichazo.

Que, teniendo presente los actuados procesales señalados precedentemente y en virtud al art 115.II de la CPE, que establece el derecho al debido proceso como una garantía jurisdiccional, los arts. 178.I y 180.I de la Norma Suprema, que determinan como principios constitucionales la seguridad jurídica y el principio de legalidad; éste Tribunal Agroambiental, en resguardo de dicho derecho y principios constitucionales y en particular cumpliendo lo dispuesto por el art. 203 de la CPE que establece: "Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior"; al evidenciar que la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril, fue dejada sin efecto por la Resolución Constitucional N 59/2020 de 16 de julio, dictada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca; y siendo que éste Tribunal Agroambiental, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Constitucional de 04 de enero de 2019 y a lo dispuesto por el art. 129.V de la CPE, emitió una nueva Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre, corresponde como efecto de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0189/2021-S4 de 2 de junio de 2021, dejar sin efecto la misma.

Por consiguiente, con base en los fundamentados esgrimidos en los párrafos precedentes, dando cumplimiento a la Sentencia Constitucional Plurinacional 0189/2021-S4 de 2 de junio de 2021 y a fin de no proseguir con actos procesales que debido a resoluciones constitucionales son nulos, corresponde dejar sin efecto la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre y mantener vigente con plena validez legal la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril de 2019.

POR TANTO

La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad con el art. 36.5 de la Ley N° 1715, modificada parcialmente por la Ley N° 3545 y en virtud del art. 203 de la CPE, falla: 

1.- DEJAR SIN EFECTO la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 20/2020 de 20 de noviembre de 2020 y posteriores actuados producidos por la referida sentencia.

2.- Se MANTIENE VIGENTE Y CON PLENA VALIDEZ LEGAL la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª Nº 27/2019 de 18 de abril de 2019 cursante de fs. 192 a 198 de obrados.

PROVIDENCIA A LA NOTA CITE CURSANTE A FS. 403 DE OBRADOS.

En atención al Cite N° 92/2023 UDNYGJ-TA de 04 de mayo de 2023 cursante a fs. 403 de obrados; arrímese a sus antecedentes la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0189/2021-S4 de 02 de junio, que REVOCA la Resolución Constitucional N° 59/2020 de 16 de julio, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que sea con noticia de partes.

Regístrese, notifíquese y archívese.-

Fdo.

GREGORIO ARO RASGUIDO                            MAGISTRADO SALA PRIMERA

RUFO NIVARDO VASQUEZ MERCADO          MAGISTRADO SALA PRIMERA