PRUEBA TESTIFICAL
El art.1330 del Código Civil al fijar los límites de la eficacia de la prueba testifical, no la enmarca en el régimen de la prueba legal o tasada, sino que determina su apreciación y valoración según reglas de la sana crítica, regulación acentuada en el art. 186 de la L. N° 439.
ANA-S2-0007-2017;