AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ª Nº 10/2023

Expediente: Nº 4791/2022

Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial.

Demandante: Eliseo Heredia Romero  

Demandados: Margarita Gabriel Chávez y Napoleón Fernández 

Distrito: Cochabamba

Predio: Sto. Agrario Buena Vista Parcela 026

Fecha: Sucre, 28 de marzo de 2023

Magistrada Semanera: Elva Terceros Cuellar.                                                                         

VISTOS: El memorial de retiro de demanda de Nulidad de Titulo Ejecutorial, cursante de fs. 114 de obrados, demás antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO: Que, Eliseo Heredia Romero, mediante memorial de fs. 114 de obrados, solicita el retiro de su demanda y el desglose de la documentación adjuntada, toda vez, que se habría arribado a una conciliación entre ambas partes, razón por la cual solicita retirar la presente demanda.

Que, de la revisión de antecedentes, se tiene que la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, cursante de fs. 18 a 20 vta. de obrados subsanada por memoriales cursantes de fs. 35 a 36 y 64 a 70 vta. de obrados, interpuesta por Eliseo Heredia Romero, fue admitida mediante Auto de 10 de noviembre de 2022, cursante a fs. 73 y vta.; asimismo, se advierte que se realizaron las actuaciones para la citación a los demandados, así como el apersonamiento de uno de los demandados a efectos de recabar copia simple de todo el expediente sin que se haya respondido a la demanda hasta la fecha; siendo por tal viable el petitorio en observancia de la previsión contenida en el art. 303 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso por el régimen de supletoriedad previsto por el art. 78 de la Ley N° 1715, por lo que, corresponde resolver en ese sentido. 

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a lo dispuesto por el art. 303 del Código de Procedimiento Civil, de aplicación supletoria a la materia en virtud del art. 78 de la Ley N° 1715, modificada parcialmente por la Ley N° 3545; ACEPTA el RETIRO de la demanda cursante de fs. 18 a 20 y vta., subsanada por memoriales, cursantes de fs. 35 a 36 y 64 a 70 vta. de obrados, interpuesta por Eliseo Heredia Romero, teniéndola como NO PRESENTADA, disponiéndose el archivo de obrados, sin costas.

Al otrosí.- Conforme a lo solicitado, por Secretaría de la Sala Segunda,  procédase al desglose de la documentación aparejada por el impetrante, debiendo quedar en su lugar fotocopias legibles debidamente legalizadas o simples según corresponda, sea con las formalidades de ley y con cargo al solicitante.

Al más otrosí.- Notifique Sr. Oficial de Diligencias, conforme a procedimiento.  

Regístrese y notifíquese.  

Fdo.

ELVA TERCEROS CUELLAR                            MAGISTRADA SALA SEGUNDA

ANGELA SANCHEZ PANOZO                           MAGISTRADA SALA SEGUNDA