REVERSIÓN ALCANCES Y FUNDAMENTOS CENTRALES.
Constituye uno de los elementos centrales para garantizar el cumplimiento efectivo de la Función Económico Social y que la propiedad agraria se desarrolle en cumplimiento a su capacidad de uso mayor en criterios de sostenibilidad y desarrollo armónico con la Madre Tierra. (SAN-S1-0006-2015)
"En sentido genérico se entiende que la reversión constituye uno de los elementos centrales para garantizar el cumplimiento efectivo de la Función Económico Social y que la propiedad agraria se desarrolle en cumplimiento a su capacidad de uso mayor de la tierra en criterios de sostenibilidad y desarrollo armónico con la madre tierra. En conclusión la reversión de la tierra resulta ser una sanción al propietario por el incumplimiento de la Función Económico Social en el predio que le fuera otorgado por el Estado."
"Las razones y fundamentos que motivan la implementación de este proceso, no debiera ser otro que la verificación del cumplimiento de las condiciones y prerrogativas que Estado a momento del otorgamiento del derecho de propiedad agraria estableció, siendo estas condiciones obligatorias para el mantenimiento de este derecho, en tal circunstancia, estando el derecho de propiedad agraria sujeto a limitaciones de la ley (...) el mismo Estado a través del Instituto Nacional de Reforma Agraria, en los términos y alcances de la L. Nº 1715 y su Reglamento, tienen la obligación de precautelar el uso adecuado de la tierra, garantizando que este tipo de proceso no resulte violatorio a la seguridad jurídica y menos que se desarrolle en contradicción al debido proceso."