Sumarísimo
La acción de desalojo por avasallamiento, es un proceso que por su naturaleza es sumarísimo, ya que su tramitación está sujeta a las reglas establecidas por la misma norma, cuyo procedimiento establece un régimen jurisdiccional especial, que permite al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, la propiedad estatal y las tierras fiscales de los avasallamientos y tráfico de tierras; en ese sentido el cumplimiento de su desarrollo y aplicación es de orden público y por tal razón de estricta e inexcusable observancia.
AAP-S2-0111-2021;CARACTERÍSTICAS / SUMARÍSIMO
No existe necesidad de fijar puntos de hecho a probar
En un proceso de desalojo por avasallamiento que cuenta con su propio procedimiento y es de carácter sumario, no existe la necesidad de la fijación de puntos de hecho a probar, por cuanto la propia norma no establece tal posibilidad y menos la existencia de un régimen de supletoriedad procesal. (AAP-S2-0125-2022)
AAP-S2-0125-2022; AAP-S2-0102-2023;PRESENCIA DE LA PARTE DEMANDADA
En el proceso de desalojo por avasallamiento, ante la existencia de elementos como la presencia de los abogados de la parte demandada, o certificaciones de existencia de acción directa; en resguardo del carácter sumarísimo del proceso, se puede llevar a cabo la audiencia pública de juicio oral de avasallamiento sin la presencia del demandado
AAP-S1-0049-2023;