DERECHO AGRARIO PROCESAL / PROCESOS ANTE LOS JUZGADOS AGROAMBIENTALES / ACCIONES EN DEFENSA DE LA PROPIEDAD / PROCESO DE DESALOJO POR AVASALLAMIENTO
Oportunidad
Cuando la fecha de la emisión de la Ley de avasallamiento, las invasiones de hecho han cesado, no corresponde al juzgador acoger una demanda de desalojo por avasallamiento.
"(...)la resolución cuestionada señala con claridad que si bien el actor ha demostrado que su persona y familia es titular del predio objeto de la litis, así como que se encuentran en posesión del mismo, que cuenta con actividad ganadera en pequeña escala, así como que ha existido invasión con violencia la misma que se traduce y se materializa en la destrucción del cerco consistente en el volteo de vitacas y cortado del alambre de púa, empero estos hechos se realizaron antes de la vigencia de la L. N° 477, de 30 de diciembre de 2013, en el entendido de que esta acción no ha continuado subsistente en el tiempo para poder ser acogida en la demanda, es decir que las invasiones de hecho a la fecha de la emisión de la ley de avasallamiento habían cesado razón por la cual ya no corresponde acoger la presente acción, este razonamiento ha sido considerado a cabalidad por el juzgador, es mas a este punto en concreto le dedica todo el título de "HECHOS NO PROBADOS", razón por la cual este Tribunal llega a la convicción de que la sentencia en la parte formal tal y como se encuentra redactada, ha cumplido con las exigencias establecidas por los arts. 190 y 192 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., sin encontrar ningún vicio que la invalide, resultando infundado lo acusado en el recurso de casación en la forma."