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ILEGAL 

El recurso de compulsa procede cuando fue negado el recurso de casación y la parte que siente afectado su derecho considera que hubo un rechazo ilegal del mismo, hace uso del presente recurso, a efectos de obtener un pronunciamiento judicial del superior en grado.


AID-S2-0045-2018

"de la revisión de antecedentes y tomando en cuenta que el auto de 8 de junio de 2018 de fs. 70 del legajo remitido por el juez a quo, constituye un auto simple conforme al art. 85 de la L. N° 1715, admitiendo sólo el recurso de reposición, sin recurso ulterior, en ese contexto se establece que el recurso de Apelación interpuesto por el demandado no puede ser resuelto a través de un recurso de compulsa como el intentado en el caso de autos, ya que según el art. 279 del Código Procesal Civil aplicado supletoriamente por la permisión del art. 78 de la L.N° 1715, se tiene como casos de procedencia del recurso de compulsa, la negativa indebida del recurso de casación , negativa que no se dio en el caso de autos, toda vez que es evidente que no se interpuso recurso de casación, en consecuencia, no puede hacerse efectivo, por los argumentos expuestos precedentemente".