INCORPORACION DE LITISCONSORCIO
Inclusive pese a que la parte demandante desista en relación a una codemandada o no ser citada una persona con la demanda; apersonada la misma al proceso, puede la autoridad judicial incorporarla al proceso en condición de listisconsorte si está debidamente justificado y acreditado su interés legal, para asegurar la efectiva igualdad de las partes y el derecho a la defensa de quien puede verse afectado por la decisión judicial.
AAP-S1-0010-2019;TRAMITACIÓN / INCORPORACIÓN DE LITISCONSORTE
Litis consorte necesario
El proceso se desarrolla con vicios de nulidad, como con violación al derecho a la defensa, cuando el litisconsorte (necesario) o la parte que puede afectarle la resolución, no ha sido integrado al proceso por el juzgador.
ANA-S2-0004-2015;