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LEGAL

La Resolución Final de saneamiento, con fundamentación de derecho y congruencia entre la parte considerativa y la resolutiva, es aquella que se expresa en términos claros, precisos y positivos; en cuyo caso no se puede acusar de falta de motivación y fundamentación, al cumplirse los pasos procedimentales de fondo y de forma. 


SAN-S2-0073-2017

"En el caso de autos la Resolución Suprema Nº 11938 de 10 de diciembre de 2013, ha sido dictada por autoridad competente con facultad expresa conferida por la ley y tiene su sustento legal en la normativa agraria vigente; razones por las cuales la Resolución impugnada se sustenta en la previsión contenida en el art. 65 del D.S. N° 29215, al respecto como en el carácter vinculante con el art. 115-II de la C.P.E., al señalar: "El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones" ...  la Resolución Suprema tantas aludida contiene relación de hecho, fundamentación de derecho, existe congruencia entre la parte considerativa y la resolutiva, expresando en términos claros, precisos y positivos; consiguientemente no se puede acusar de falta de motivación y fundamentación, cumpliéndose todos los pasos procedimentales de fondo y de forma."