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LEGAL

Respecto de predios parcialmente ubicados en ÁreaProtegida.

La ejecución del Proceso de Saneamiento en cualquiera de sus modalidades se extiende a la superficie total de los predios que se encuentren parcialmente ubicados en el área determinada para el efecto inclusive si una parte menor del predio está dentro de un Área Protegida, se subsume a la modalidad en la que se encuentra la mayor extensión del mismo.(SAN-S2-0069-2012)


SAN-S2-0069-2012

"De acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 158 inciso a) del D.S. Nº 257673 y 280 inciso c) del D.S. Nº 29215, establece los criterios para determinar el Área de Saneamiento Simple de Oficio, con relación a Áreas Protegidas, sin embargo, la ejecución del Proceso de Saneamiento en cualquiera de sus modalidades se extiende a la superficie total de los predios que se encuentren parcialmente ubicados en el área determinada para el efecto, como señalan los Arts. 152 del D.S. Nº 25763 y 279 del D.S. Nº 29215, de donde se interpreta en forma clara que el predio "FALSURI", al estar ubicada una extensión mayor fuera del área protegida, la extensión menor que se encontraría en el área protegida se subsume a la modalidad de Saneamiento Simple a Pedido de Parte donde se halla la mayor parte del predio, además, es permitida esa modalidad de saneamiento cuando se encuentre fuera de áreas de saneamiento predeterminadas, como disponen los Arts. 161 parágrafo I del D.S. Nº 25763 y 283 parágrafo I del D.S. Nº 29215, en el caso de autos, no fue demostrado un área predeterminada de saneamiento con anterioridad a la modalidad solicitada para el predio "FALSURI" , en consecuencia, no existió vulneración de la normativa acusada por el recurrente."