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Relevamiento de Información en Campo (Pericias de Campo, Campaña Pública, ficha catastral, DEJUPO, linderos y otros)

Es responsabilidad de los interesados participar del proceso de saneamiento y ante la ausencia injustificada de los mismos (representante y/o propietario), corresponde consignar una observación en las planillas, siendo indistinto los términos utilizados en los textos por cuanto el término "no estuvo presente" o "el propietario se encuentra en el exterior" son expresiones para señalar que el interesado no se encontraba en el predio objeto de mensura.


SAN-S1-0011-2016

"(...) de acuerdo a datos cronológicos la citación se realizó el día 22 de noviembre de 2012 convocando al propietario para los días 28, 29 y 30 del mismo mes y año, el apersonamiento y la Ficha Catastral firmada el 28 de noviembre de 2012 por el representante, oportunidad en la que pone a conocimiento que el propietario reside en Alemania y que estando ausente el propietario, correspondería al representante la suscripción de las Actas de Conformidad de Linderos con los colindantes suscritos los días 29 y 39 del mes y año en curso, aspecto que no aconteció, evidenciándose la participación de un testigo de actuación (trabajador del predio) que participó con los funcionarios acreditados por el INRA conforme a cronograma de mensura, que siendo responsabilidad de los interesados participar del proceso de saneamiento y ante la ausencia injustificada de los mismos (representante y/o propietario) correspondía consignar una observación en las planillas, siendo indistinto los términos utilizados en los textos por cuanto el término "no estuvo presente" o "el propietario se encuentra en el exterior" son expresiones para señalar que el interesado no se encontraba en el predio objeto de mensura y no podría calificarse de mensura irregular la participación de un trabajador del Sr. Anton que vivía en el predio, aspecto que no observó ni reclamó en la etapa correspondiente, de lo que se infiere que Eduard Dr Anton convalidó con su conducta pasiva dichos actos, siendo que no utilizó los medios de defensa que el procedimiento establece, no obstante de haber impugnado en fecha 25 de abril de 2013, el Informe en Conclusiones de 15 de abril de 2013, que fue puesto a conocimiento de su persona mediante Informe de Cierre de 19 de abril de 2013, firmando en constancia".