PRECLUSIÓN / CONVALIDACIÓN / TRASCENDENCIA
Cuando las partes se encuentran en conflicto deben elevar sus observaciones en el momento oportuno.
" (...) la ahora recurrente no respondió a la demanda, no obstante estar legalmente citada junto a su esposo Juan Carlos Ruíz Arias (fs. 24 y vta.) y mediante memorial de fs. 52 de obrados se apersonó, sometiéndose al estado de la causa, consecuentemente en ningún momento se privó o restringió al acceso a la justicia menos se violó del derecho al debido proceso, razones por las cuales la sentencia impugnada cumple con un razonamiento y aplicación lógica de la normativa, que siendo la causa del contrato una relación propia de la actividad ganadera. Consiguientemente, no se evidencia que la Sentencia emitida por la jueza de instancia hubiera aplicado e interpretado erróneamente la normativa."