PRECLUSIÓN / CONVALIDACIÓN / TRASCENDENCIA
Cuando la parte interesada, tiene participación activa y pleno conocimiento de los actuados del proceso de saneamiento, aunque no exista diligencia expresa de notificación de algún informe, no se encuentra en estado de indefensión.
"De la revisión de la carpeta de saneamiento se advierte que a fs. 256 a 257 vta. presentó memorial de 6 de diciembre de 2002, solicitando subsanación de errores y omisiones, cometidos en la Evaluación Técnico Jurídica; de fs. 273 a 274, cursa memorial de 28 de febrero de 2003 que señala: "Dentro del Recurso de subsanación y enmiendas, presenta mayores argumentos y pide se considere a tiempo de resolver la Resolución Final, una de conciliación formulada de partes"(sic); a fs. 315 cursa memorial de 25 de junio de 2003 ... "
"(...) De lo precedentemente señalado, se advierte que el ahora demandante tuvo participación activa y por ende conocimiento de los actuados que se realizaron en la sustanciación del proceso de saneamiento en el predio "Soraya"; que si bien algunos informes no fueron notificados al ahora demandante mediante diligencia de notificación expresa; sin embargo, como se tiene referido, el mismo tenía pleno conocimiento de los actuados, advirtiéndose tal situación en mérito a la presentación de diversos memoriales en los cuales hace observaciones a los actuados del proceso de saneamiento; en tal razón no resulta ser evidente que se le haya provocado indefensión, ni vulnerado los arts. 3-I de la Ley Nº 1715 y 232 de la C.P.E. como erradamente arguye la parte actora."