PRECLUSIÓN / CONVALIDACIÓN / TRASCENDENCIA
La sucesión hereditaria debe ser declarada por una resolución de autoridad competente, instrumento legal que otorga a la o las personas la calidad de herederos ab-intestato (herederos sin testamento); si durante la tramitación del proceso de saneamiento no se presenta esa declaratoria, no corresponde al INRA valorar y menos considerar documentación inexistente.