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PRUEBA

El control de legalidad realizado por el Tribunal Agroambiental, mediante el proceso contencioso administrativo, se efectúa con relación a los actos ejecutados por el INRA dentro del proceso de saneamiento; dicho Tribunal encontrándose imposibilitado de emitir criterio respecto a un Informe de Análisis Multitemporal, adjuntado con la demanda en calidad de prueba.


SAN-S1-0055-2017

"Con relación al Informe Técnico INF/VT/DGT/UTNIT/0005-2014, que realizó el análisis multitemporal de los años 1996 y 2000, y el análisis de la verificación de la Función Social del predio "Los Guayacanes Don Horlando"

Al respecto cabe señalar que el citado Informe Técnico, fue presentado por la parte actora en calidad de prueba con la demanda; sin embargo, amerita aclarar que el control de legalidad realizado por este ente jurisdiccional mediante el proceso contencioso administrativo, se efectúa con relación a los actos ejecutados por el INRA dentro del proceso de saneamiento; por lo que la revisión de estos actuados son referentes a los consignados dentro de la carpeta de saneamiento y advirtiéndose que el Informe Técnico INF/VT/DGT/UTNIT/0005-2014 de 30 de enero de 2014, no cursa dentro de la misma, este ente jurisdiccional se ve imposibilitado de emitir criterio respecto a la consideración del Informe de referencia."