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PRUEBA

Las Declaraciones Juradas y demás prueba adjuntada a la demanda contencioso administrativa, al no cursar dentro de la carpeta de saneamiento, no son parte del proceso de saneamiento, por lo que no pueden ser valoradas dentro del proceso jurisdiccional para determinar incumplimiento de la Función Social.


SAN-S1-0087-2017

"En cuanto al cumplimiento de la Función Social, de acuerdo a la Ficha Catastral cursante de fs. 100 a 101 de la carpeta de saneamiento, se evidencia que la brigada de campo verificó la existencia de sembradío de cebada, por lo que al existir actividad agrícola y por la superficie mensurada en Pericias de Campo se clasificó el predio como pequeña propiedad agrícola, consiguientemente en aplicación de la Disposición Final Sexta de la Ley N° 3545, se reconoció el derecho propietario en toda la superficie mensurada en pericias de campo; asimismo, considerando que la presente demanda contencioso administrativa tiene como finalidad el control jurisdiccional a fin de verificar la legalidad de los actos del INRA dentro del proceso de saneamiento, por lo que las Declaraciones Juradas cursantes de fs. 11 a 16 de obrados adjuntadas a la demanda contencioso administrativa, al no cursar dentro de la carpeta de saneamiento, las mismas no son parte del proceso de saneamiento, por consiguiente mal podrían ser valoradas dentro del presente proceso para determinar incumplimiento de la Función Social, considerando que las mismas contradicen lo establecido en la Ficha Catastral y en aplicación del art. 159 del D.S. N° 29215 que establece que la verificación del cumplimiento de la FS o FES debe ser realizada en el predio y que otro medio de prueba será complementaria, el valor probatorio de las mismas respecto al cumplimiento de la Función Social carece de relevancia; en cuanto a los colindantes que no hubieran sido debidamente notificados, la parte actora, carece de legitimidad considerando que no realiza nexo de causalidad con algún derecho propio que pudiera haber sido conculcado con la supuesta inexistencia de las notificaciones a los colindantes."