AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ª Nº 044/2021
Expediente N° : 4191-NTE-2021
Proceso : Nulidad de Título Ejecutorial | |
Demandantes : Bernardino Quinteros Sahonero | |
Juan José Villarroel Quinteros y | |
Orlando Villarroel Quinteros | |
Demandada : Primitiva Quinteros vda. de | |
Villarroel | |
Distrito : Cochabamba |
Predio : "Primitiva"
Lugar y fecha : Sucre, 19 de octubre de 2021
Magistrado Semanero : Dr. Gregorio Aro Rasguido
Que, de la revisión de los actuados, se establece que la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, cursante a fs. 127 a 131 vta. De obrados, fue presentada al Tribunal Agroambiental el 26 de abril de 2021, la cual fue observada mediante providencia de 27 de abril de 2021, la cual fue observada proporcionándole a los demandantes 15 días hábiles para subsanar dichas observaciones; constatándose posteriormente que dicha providencia fue notificada a los interesados el 29 de abril de 2021, como se prueba a fs. 135 de obrados; cursando posteriormente memorial de solicitud de ampliación de plazo a fs. 139 y providencia de concesión de dicho plazo a fs. 140 de obrados, con la respectiva notificación cursante a fs. 141 de obrados.
Que, de la revisión del expediente y del Informe N° 226/2021 de fs. 142 de obrados, se confirma que la parte demandante no ha subsanado las observaciones establecidas en la providencia de 27 de abril de 2021 de fs. 134 de obrados, en el plazo establecido por éste Tribunal Agroambiental; por consiguiente, se deberá dar cumplimiento a la última parte del art. 333del Cód. Pdto. Civ., aplicable al caso por la supletoriedad dispuesta por el art. 78 de la Ley N° 1715 y la Disposición Final Tercera de la Ley N° 439, cumpliendo con la conminatoria dispuesta por éste Tribunal Agroambiental en proveído de fs. 140 de obrados.
POR TANTO
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores
consideraciones de orden legal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 68 de la Ley N° 1715, se tiene por NO PRESENTADA la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, cursante a fs. 127 a 131 vta. de obrados, interpuesta por Bernardino Quinteros Sahonero, Juan José Villarroel Quinteros y Orlando Villarroel Quinteros en contra de Primitiva Quinteros vda. de Villarroel, debiendo archivarse obrados.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Fdo.
Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda
Rufo N. Vásquez Mercado Magistrado Sala Segunda
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