Naturaleza Jurídica

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

NATURALEZA JURIDICA 

Para determinar la autoridad judicial su competencia en un proceso oral agrario antes de admitir la demanda debe requerir previamente información sobre la ubicación exacta del predio, aspecto que junto al análisis de la temporalidad y vigencia del radio urbano así como el uso, destino y vocación del predio que puede advertirse ya en una inspección realizada en el lugar, debe ser la base para determinar su competencia o incompetencia para conocer del caso, conforme a la normativa agraria y constitucional existente al respecto.

AAP-S1-0076-2018;
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PRECEDENTE 2

POSESION AGRARIA 

En el instituto de la posesión agraria, debe primar el principio de la buena fe por lo que en un proceso de Interdicto de Retener y Recobrar la posesión no se puede pretender derechos en base a un documento de transferencia cuya falsedad fue comprobada en proceso penal inclusive existiendo condena de privación de libertad por la comisión de dicho ilícito.

AAP-S1-0054-2018;
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PRECEDENTE 3

NATURALEZA JURÍDICA

No siempre existe coincidencia matemática entre el objeto descrito y lo observado en el lugar.

Por las características de la propiedad agraria, los juzgadores de esta materia especializada, no siempre encontrarán identidad y coincidencia matemática entre el objeto que se describe en el memorial de demanda y el que se identifica en el lugar por la carencia de medios técnicos precisos en el proceso de reforma agraria iniciado en 1953 y las sucesivas transferencias del derecho propietario, caso en el cual la autoridad judicial debe actuar  despojándose de formalismos innecesarios que no hacen sino dilatar el proceso. (ANA-S2-0063-2015)

ANA-S2-0063-2015;
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