FRAUDE EN LA ACREDITACION DEL TITULO EJECUTORIAL O EXPEDIENTE AGRARIO
La presentación de antecedentes que no corresponden al predio objeto de saneamiento ni cuentan con registro en el INRA, en atención al art. 270 del DS 29215, constituye fraude en la acreditación del título ejecutorial o expediente agrario que sumado a la evidencia de incumplimiento de la FES, dará lugar a la declaratoria de tierra fiscal.
SAP-S1-0066-2019;FRAUDE EN LA ACREDITACION DEL TITULO EJECUTORIAL O EXPEDIENTE AGRARIO
No puede considerarse válido en un proceso de saneamiento un título propietario emergente de un proceso de remate de pequeña propiedad agraria, por estar viciado de nulidad absoluta en su origen, conforme lo previsto en el art. 169 de la anterior CPE.
SAP-S2-0103-2019;FRAUDE EN LA ACREDITACION DEL TITULO EJECUTORIAL O EXPEDIENTE AGRARIO
El ente administrativo tiene la facultad de declarar la ilegalidad de la posesión en caso de que durante el proceso de saneamiento no se demuestre objetivamente la posesión anterior al año 1996, es decir, previa a la vigencia de la Ley 1715 y además se advierta fraude en la antigüedad de la posesión al pretender acreditar derecho propietario con un expediente desplazado que no corresponde al área (a aproximadamente 75 km.)
SAN-S2-0042-2017;FRAUDE EN LA ACREDITACIÓN DEL TÍTULO EJECUTORIAL O EXPEDIENTE AGRARIO
Expediente tramitado por autoridad inexistente del Ex CNRA
Si se evidencia que un expediente agrario del ex Consejo Nacional de Reforma Agraria fue tramitado por autoridad inexistente que fungió ilegalmente como Juez Agrario Móvil, implica un vicio de nulidad absoluta, pero ello no perjudica la constitución de derechos, independientemente de la calidad de poseedores legales o subadquirentes sobre superficies aprovechadas con cumplimiento efectivo de la Función Económico Social (FES) (SAN-S1-0039-2011)
SAN-S1-0039-2011;FRAUDE EN LA ACREDITACIÓN DEL TÍTULO EJECUTORIAL O EXPEDIENTE AGRARIO
Improcedencia de reposición de registro de título ejecutorial.
La falta de certificación del INRA respecto de la legalidad de emisión de un título ejecutorial, expresada además en la improcedencia expresa de la reposición de registro del mismo por parte de la instancia administrativa competente, pese a la existencia de informes previos contradictorios respecto a su autenticidad, junto a la verificación de que no existe correspondencia entre las resoluciones emitidas en el proceso agrario de afectación y consolidación (antecedente) con la superficie establecida en el título ejecutorial cuya nulidad se demanda, dan lugar a la nulidad absoluta del título ejecutorial y el respectivo proceso agrario. (SAN-S1-0024-2011)
SAN-S1-0024-2011;