AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 59/2014

Expediente: Nº 1178/2014

 

Proceso: Contencioso Administrativo

 

Demandante: Marco Antonio Velasco Selum

 

Demandados: Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Ministra de Desarrollo Rural y Tierras

 

Distrito: Beni

 

Fecha: Sucre, 8 de octubre de 2014

 

Magistrado Semanero: Dr. Juan Ricardo Soto Butrón

VISTOS : La demanda contencioso administrativa, informe que antecede; y,

CONSIDERANDO : Que Marco Antonio Velasco Selum, interpone demanda contencioso administrativa cursante de fs. 50 a 53 y vta. y ampliación de fs. 54 y vta.; empero, debido a los defectos que presenta, por proveído de 11 de septiembre de 2014 cursante a fs. 57, se dispuso que con carácter previo a la consideración de admisión de la indicada demanda, el impetrante presente en original o fotocopia legalizada la diligencia de notificación a su persona con la Resolución Suprema N° 11230 que impugna al ser la misma imprescindible a los efectos previstos por el art. 68 de la L. N° 1715, otorgándole para tal efecto el plazo prudencial de 10 días hábiles computable a partir del día siguiente hábil de su legal notificación, bajo conminatoria expresa de tenerse la referida demanda como no presentada de conformidad al art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por imperio del art. 78 de la L. Nº 1715., notificándosele con dicho proveído en su domicilio señalado en fecha 16 de septiembre de 2014, conforme se desprende de la diligencia de fs. 58 de obrados, sin que dentro del plazo concedido hubiera dado cumplimiento a lo dispuesto por este tribunal, tal cual se desprende del informe de Secretaría de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental cursante a fs. 59 de obrados; consiguientemente, estando expirado el plazo concedido, corresponde dar aplicación a la conminatoria efectuada.

POR TANTO : La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad con lo dispuesto en la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato expreso del art. 78 de la L. Nº 1715, tiene POR NO PRESENTADA la demanda contencioso administrativa de fs. 50 a 53 y vta. y ampliación de fs. 54 y vta. de obrados.

No interviene la Magistrada, Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz, por encontrarse ausente en comisión oficial.

Regístrese y notifíquese .

Fdo.

Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.

Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.

Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz.