AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 57/2014

Expediente: Nº 1177/2014

 

Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial

 

Demandantes: Felipe Humerez Cruz y Francisca Mendoza Huarachi de Humerez

 

Demandados: Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Ministra de Desarrollo Rural y Tierras

 

Distrito: Oruro

 

Fecha: Sucre, 8 de octubre de 2014

 

Magistrado Semanero: Dr. Juan Ricardo Soto Butrón

VISTOS : La demanda de nulidad de título ejecutorial, informe que antecede; y,

CONSIDERANDO : Que Felipe Humerez Cruz y Francisca Mendoza Huarachi de Humerez, interponen demanda de nulidad de título ejecutorial cursante de fs. 32 a 39 y vta.; empero, debido a los defectos que presenta, por proveído de 5 de septiembre de 2014 cursante a fs. 43, se dispuso que con carácter previo a la consideración de admisión de la indicada demanda, los impetrantes presenten título ejecutorial legalizado o certificado de emisión de título emitido por el INRA y precisen con exactitud la persona, personas o comunidad contra la que se dirige la demanda, otorgándoles para tal efecto el plazo prudencial de 10 días hábiles computable a partir del día siguiente hábil de su legal notificación, bajo conminatoria expresa de tenerse la referida demanda como no presentada de conformidad al art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por imperio del art. 78 de la L. Nº 1715., notificándoseles con dicho proveído en su domicilio señalado en fecha 12 de septiembre de 2014, conforme se desprende de la diligencia de fs. 44 de obrados, sin que dentro del plazo concedido hubieran dado cumplimiento a lo dispuesto por este tribunal, tal cual se desprende del informe de Secretaría de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental cursante a fs. 48 de obrados; consiguientemente, estando expirado el plazo concedido, corresponde dar aplicación a la conminatoria efectuada.

POR TANTO : La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad con lo dispuesto en la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato expreso del art. 78 de la L. Nº 1715, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de nulidad de título ejecutorial de fs. 32 a 39 y vta. de obrados.

No interviene la Magistrada, Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz, por encontrarse ausente en comisión oficial.

Regístrese y notifíquese .

Fdo.-

Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.

Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.

Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz.