AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ª Nº 033/2019

Expediente: Nº 3620-NTE-2019

 

Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial.

 

Demandante: Bertha Cervantes Berdeja.

 

Demandado: Severino Maturano Aceituno.

 

Distrito: Chuquisaca Fecha: Sucre, 15 de julio de 2019

 

Magistrado Semanero: Dr. Gregorio Aro Rasguido.

VISTOS: La demanda Nulidad de Título Ejecutorial, cursante de fs. 34 a 40 y vta. de obrados, memorial de retiro de demanda por desistimiento de la acción de fs. 46 de obrados, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO: Que, por memorial de fs. 34 a 40 y vta. de obrados, Bertha Cervantes Berdeja, presenta demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, misma que a la fecha no está admitida.

Que, por memorial de fs. 46 de obrados, la señora Bertha Cervantes Berdeja, presenta memorial de retiro de demanda por desistimiento de la acción, amparada en el art. 239 de la Ley N° 439.

CONSIDERANDO: Que, de la revisión de antecedentes, se tiene que la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, cursante de fs. 34 a 40 y vta. de obrados, interpuesta por Bertha Cervantes Berdeja, misma que fue observada por decreto de fs. 44 de obrados, mediante el cual se observó la demanda incoada; asimismo, se advierte que la demanda no fue admitida y por lógica consecuencia tampoco existe respuesta del demandado; por lo tanto, se hace viable el petitorio, en observancia de la previsión contenida en el art. 303 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso por el régimen de supletoriedad previsto por el art. 78 de la Ley N° 1715 y por la excepcionalidad dispuesta en la Disposición Final Tercera de la Ley N° 439.

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a lo dispuesto por el art. 303 del Cód. Pdto. Civ., acepta el retiro de la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, cursante de fs. 34 a 40 y vta. de obrados, interpuesta por Bertha Cervantes Berdeja, declarándola como NO PRESENTADA, disponiéndose el archivo de obrados, sin costas.

Por Secretaría de la Sala Segunda, procédase al desglose de lo solicitado, debiendo quedar en su lugar fotocopias debidamente legibles y legalizadas o simples según corresponda, sea con las formalidades de ley y con cargo a la solicitante.

Regístrese y notifíquese.-

Fdo.

Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda

Rufo N. Vásquez Mercado Magistrado Sala Segunda