AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ª Nº 011/2019

Expediente: Nº 3386-NTE-2018

 

Proceso: Nulidad de Titulo Ejecutorial

 

Demandante: Lucio Vaca Tejerina

 

Demandado: Ramon Donato Gareca Romero

 

Distrito: Tarija

 

Predio: "La Bomba"

 

Fecha: Sucre, 20 de marzo 2019.

 

Magistrado Semanero: Dr. Gregorio Aro Rasguido

VISTOS : Los antecedentes que ilustran la demanda de Nulidad de Titulo Ejecutorial interpuesta por Lucio Vaca Tejerina; y,

CONSIDERANDO: Que, mediante memorial que cursan a fojas 195 a 208 el señor Lucio Vaca Tejerina inicia demanda persiguiendo la Nulidad de Titulo Ejecutorial N° Título Ejecutorial N° SPP-NAL-086639.

Previo a la admisión de la demanda, mediante Decreto de 14 de noviembre de 2018 cursante a fs. 211, se dispone que la parte demandante presente acredite la emisión del Título ejecutorial N° SPP-NAL-086639 y presente el Folio Real de registro del documento, cuya nulidad se persigue. En fecha 21 de noviembre de 2018 conforme a la diligencia de fojas 212 de obrados, se notifica a Lucio Vaca Tijerina con providencia de fecha 14 de noviembre de 2018.

Por Informe N° 93/2019 de fecha 20 de marzo de 2019, cursante a fs. 339 de obrados, la Secretaria de la Sala II del Tribunal Agroambiental, hace saber que el actor no ha dado cumplimiento a lo ordinado mediante decreto de 14 de noviembre de 2018.

La Disposición contenida en el artículo 333 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso de autos al tenor del artículo 78 de la Ley 1715, dispone: ""Cuando la demanda no se ajuste a las reglas establecidas podrá el juez ordenar de oficio se subsanen los defectos dentro del plazo prudencial que fija y bajo apercibimiento de que si no se subsanaren se la tendrá por no presentada".

En mérito a los antecedentes de hecho y de derecho, lo que corresponde es dar aplicación a la norma legal transcrita.

POR TANTO: Sin entrar en otras consideraciones de orden legal, se declara:

1.Como NO PRESENTADA la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial N° SPP-086639, interpuesta por el señor Lucio Vaca Tejerina contra Ramón Donato Gareca Romero.

2.Se archive obrados previo desglose de la documentación.

REGÍSTRESE. Notifique funcionario autorizado.

Fdo.

Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda

Rufo N. Vásquez Mercado Magistrado Sala Segunda