ANA-S1-0035-2016

Fecha de resolución: 16-05-2016
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En la tramitación de un proceso de Interdicto de Retener la Posesión en grado de casación o nulidad en la forma y en el fondo, la parte demandada ha impugnado la Sentencia N° 6/2016 de 9 de marzo de 2016, pronunciada por la Jueza Agroambiental de Tarija, sin embargo al tener el Tribunal Agroambiental facultad de poder revisar de oficio, si el proceso se desarrollo sin vicios de nulidad, identificándose vicios procedimentales que constituyen infracciones que interesan al orden público.

“(…)De la revisión de obrados se observa también que en el expediente no cursa el correspondiente Acta escrita de la Audiencia Pública llevada a cabo el 3 de marzo de 2016, siendo este actuado de suma importancia, en razón de que la misma debe contener los datos de todas las actividades desarrolladas conforme al art. 83 de la Ley N° 1715, así como la constatación de las firmas de los testigos tanto de cargo como de descargo, firma y sello de la autoridad judicial, lo que significa que en el caso de autos, si bien la Jueza a quo adjunta un CD (Audio) al expediente, vicia el procedimiento agrario, en razón de que dicha autoridad no sustenta o no refiere cual la norma legal que reglamenta la permisión de dicho actuado en formato CD; aspecto que transgrede el procedimiento oral agrario establecido en el art. 84-III de la Ley N° 1715 que señala: "Todo actuado se asentará en acta resumida". (Las negrillas nos corresponden).”

El Tribunal Agroambiental ANULO OBRADOS correspondiendo a la Jueza Agroambiental de Tarija, observar las formalidades del procedimiento oral agrario, conforme al fundamento siguiente:

1.- Se observa que en el expediente no existe el acta escrita de la audiencia publica celebrada el 3 de marzo de 2016, aspecto que vicia el proceso pues dicha acta es de suma importancia ya que a través de ella se conocen los actos llevados acabo en la audiencia, por lo que al no existir dicha acta se ha transgredido el art. 84-III de la Ley N° 1715.

POR DEFECTOS DE TRAMITACIÓN / POR IRREGULARIDADES EN LA AUDIENCIA

Inexistencia de acta

En el expediente debe constar el Acta escrita de la audiencia pública, no siendo suficiente la existencia de un CD (audio); el incumplimiento u omisión de elaboracion escrita del Acta vicia el procedimiento, constituyéndose en un acto nulo

“(…)De la revisión de obrados se observa también que en el expediente no cursa el correspondiente Acta escrita de la Audiencia Pública llevada a cabo el 3 de marzo de 2016, siendo este actuado de suma importancia, en razón de que la misma debe contener los datos de todas las actividades desarrolladas conforme al art. 83 de la Ley N° 1715, así como la constatación de las firmas de los testigos tanto de cargo como de descargo, firma y sello de la autoridad judicial, lo que significa que en el caso de autos, si bien la Jueza a quo adjunta un CD (Audio) al expediente, vicia el procedimiento agrario, en razón de que dicha autoridad no sustenta o no refiere cual la norma legal que reglamenta la permisión de dicho actuado en formato CD; aspecto que transgrede el procedimiento oral agrario establecido en el art. 84-III de la Ley N° 1715 que señala: "Todo actuado se asentará en acta resumida". (Las negrillas nos corresponden).”

" (...)  Que, de lo desarrollado precedentemente, no se evidencia la existencia de normativa que otorgue la facultad a la Jueza de instancia a omitir la elaboración escrita del Acta de Audiencia Pública, aspecto que deviene en una errónea aplicación e inobservancia de la Ley N° 1715 y la normativa señalada supra; por lo que, siendo la Ley de observación y aplicación, un deber que todo juzgador tiene, el procedimiento realizado por la Jueza de instancia en el caso de autos constituye un acto nulo que interesa al orden público, al haberse aplicado un procedimiento inexistente en el ordenamiento jurídico nacional, aspecto que constituye motivo de nulidad conforme disponía el art. 90 del Cód. Pdto. Civ. abrogado y lo establece el art. 87-IV de la Ley N° 1715."


TEMATICAS RESOLUCIÓN


1. ARBOL/2. DERECHO AGRARIO/3. DERECHO AGRARIO PROCESAL/4. ELEMENTOS COMUNES DEL PROCEDIMIENTO/5. NULIDADES Y/O ANULACIÓN PROCESALES/6. Procede/7. Por defectos de tramitación/8. Por irregularidades en la audiencia/

POR DEFECTOS DE TRAMITACIÓN / POR IRREGULARIDADES EN LA AUDIENCIA

Inexistencia de acta

En el expediente debe constar el Acta escrita de la audiencia pública, no siendo suficiente la existencia de un CD (audio); el incumplimiento u omisión de elaboracion escrita del Acta vicia el procedimiento, constituyéndose en un acto nulo.