AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 42/2016

Expediente: Nº 2114/2016

 

Proceso: Contencioso Administrativo

 

Demandante René Paredes Avendaño

 

Demandado: Director Nacional a.i. del INRA

 

Distrito: Tarija

 

Fecha: Sucre, 14 de julio de 2016

 

Magistrada Semanera: Dra. Paty Yola Paucara Paco

VISTOS : La demanda contencioso administrativa de fs. 19 a 24 y vta., memorial de subsanación de fs. 28 y vta. y de fs. 39 a 43 de obrados, interpuesta por René Paredes Avendaño, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO : Que de la revisión de antecedentes, se evidencia que el demandante René Paredes Avendaño, fue notificado con la Resolución Administrativa RA-SS N° 0203/2016 de 04 de febrero de 2016, que impugna, el 09 de mayo de 2016, conforme se desprende de la fotocopia legalizada de la diligencia de notificación cursante a fs. 31 de obrados; asimismo, se advierte que la referida demanda contencioso administrativa fue presentada en éste Tribunal el 09 de junio de 2016, tal cual consta en el sello de recepción de Secretaría y cargo de Sala Plena del Tribunal Agroambiental cursantes a fs. 24 vta. y 25 de obrados, respectivamente.

Que tomando en cuenta la fecha de notificación con la resolución administrativa impugnada, efectuada el 09 de mayo de 2016 y la fecha de presentación de la demanda contencioso administrativa ocurrida el 09 de junio de 2016, efectuando el cómputo conforme a la previsión contenida por el art. 68 de la L. N° 1715; se advierte, que la referida demanda contencioso administrativa de fs. 19 a 24 y vta., fue interpuesta fuera del plazo perentorio de 30 días previsto por el señalado art. 68 de la L. N° 1715.

Que la interposición extemporánea de la demanda contencioso administrativa, no abre la competencia del Tribunal Agroambiental para su sustanciación, correspondiendo en consecuencia emitir pronunciamiento en ese sentido.

POR TANTO : La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones legales, declara NO HABER LUGAR a la admisión de la demanda contencioso administrativa de fs. 19 a 24 y vta. de obrados, por extemporánea.

No suscribe la Magistrada, Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz, por encontrarse ausente en comisión oficial.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo.-

Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.

Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.